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UDD en la Prensa

Libertad de expresión y querellas

 Renzo Munita
Renzo Munita Profesor Investigador, Facultad de Derecho

Especial incomodidad causó a nuestra primera autoridad la publicación efectuada por parte de la revista Que Pasa relativa a la trascripción de escuchas telefónicas que la involucraban en el caso Caval. Los diálogos provenían de Juan Díaz cuyos testimonios han permitido a la fiscalía avanzar en el esclarecimiento de los hechos del mediático asunto.
Como sabemos, el golpe periodístico fue auto silenciado inmediatamente una vez expuesta la nota, por cuanto el medio bajó la página de la red, preso de la contingencia sobrevenida.
La Presidente, a su turno, denunció un montaje en su contra y se querelló por injurias respecto del medio periodístico, cuestión que bien puede ser identificada como un franco acto de censura y de vulneración del derecho de informar.
Con todo, si de filtraciones de trata, nuestro acontecer nacional bien ha sabido de ellas últimamente, correspondiendo a los medios de comunicación servir de vehículo difusor. Estas parecen ser un elemento de las reglas del juego en el cual están insertos todos los agentes políticos sin excepción. Es por ello que causa extrañeza una posición tan categórica como lo es la exploración judicial de la cuestión.
Estimamos que una querella en esta línea implica un desacierto tanto social como jurídico. Social, ya que lo más probable es que el ciudadano de a pie no se enteraría de los pormenores del devenir político y de las aristas judiciales concernientes a sus protagonistas de otra manera que sin recurso a filtraciones comunicacionales (por más que ello parezca un secreto deseo de algunos sectores, en este punto pueden verse las aristas del proyecto legislativo denominado «Ley Mordaza»).
De hecho, ha sido la misma afectada quien ha denunciado haberse enterado por la prensa del destape mediático de Caval, luego ¿por qué privar entonces al resto de este beneficio? Jurídico, en el sentido en que la ley n°19048 de 13.02.1991, no impide que un medio de difusión publique una mera transcripción de un parte policial, sin que éste atribuya en línea alguna veracidad al respecto. Por lo demás, el interés periodístico es en nuestro concepto atendible, ya que la Fiscalía ha declarado abiertamente que el Sr. Díaz emisor de los diálogos, detenta la condición o calidad de «testigo útil», cuestión que a la luz de los hechos y filtraciones no merece análisis.