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Trabajo Decente y Crecimiento Económico

Sueldo mínimo

La Universidad del Desarrollo garantiza que sus colaboradores reciban una remuneración justa y siempre acorde con las regulaciones gubernamentales. Lo anterior, se encuentra regulado en el título VI “de las remuneraciones”, artículos 21 al 25 del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

Compromiso en contra de malas Prácticas Laborales

La Universidad del Desarrollo cuenta con Protocolo de prevención de Acoso Sexual, Laboral y Violencia en el trabajo (Ley N° 21.643), que corresponde al anexo 1 del  Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, el cual tiene por objetivo fortalecer  entornos laborales seguros y libres de violencia, donde se potencie el buen trato, se promueva la  igualdad con perspectiva de género y se  prevengan las situaciones constitutivas de acoso sexual, laboral y de violencia en el trabajo, las que se generan por la ausencia o deficiencia de  la gestión de los riesgos psicosociales en la organización; así como en la mantención de conductas inadecuadas o prohibidas en el lugar de trabajo, asumiendo la entidad empleadora su responsabilidad en la erradicación de conductas contrarias a la dignidad de las personas en el ambiente de trabajo.

Por otra parte, la Universidad del Desarrollo, en su compromiso de garantizar un entorno laboral ético y respetuoso, cuenta con Modelo de Prevención de Delitos, el cual tiene por objeto prevenir la comisión de delitos en el contexto del desarrollo de las actividades de la Universidad del Desarrollo y de sus filiales, protegiéndolas de eventuales responsabilidades penales y de las consecuencias sancionatorias y reputacionales a que dan lugar. Asimismo, busca generar un ambiente de control, contribuyendo a disminuir las posibilidades de que los miembros de la comunidad universitaria actúen de forma contraria a la ley. Lo anterior, en conformidad a las leyes N° 21.595 y N° 20.393.

Principio Equidad de Género

La Universidad del Desarrollo, a través del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad en su título XIX, artículos 73 al 75, declara el principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres.

A través de la Política de Equidad de Género, la Universidad del Desarrollo resguarda y promueve la Equidad de Género, punto 5 en el ámbito de las Compensaciones: